Transporte de mercaderías Liberty

Aseguramos las mercaderías de tu empresa durante el transporte dentro del territorio de la República Argentina y los tránsitos internacionales por operaciones de importación y exportación.

Cubrimos el  transporte de mercaderías por medios terrestres, marítimos y aéreos, protegiendo tu capital ante eventualidades como daños, vuelcos, incendio o pérdida. También podés contratar cobertura de robo.

Además contamos con un departamento especializado en seguridad, por lo cual junto con la póliza podés contratar la custodia necesaria para hacer el transporte con total tranquilidad.

Los planes que te ofrece Liberty Seguros son los siguientes:

Transporte sin fronteras:

Liberty Transporte Sin Fronteras, es un producto especialmente desarrollado para proteger las mercancías transportadas vía terrestre entre Argentina, Brasil y Chile.

Independientemente donde hayas contratado el seguro de transporte, en caso de incidente, como asegurado serás atendido en cualquiera de las compañías del Grupo Liberty. Al mismo tiempo, si lo solicitas, podrás ser indemnizado en el país donde ocurrió el accidente y si lo prefierìs en el destino u origen de las mercaderías.

Ante cualquier emergencia, sólo tendrás que llamar o contactar a la Compañía local de Liberty Seguros.

• Liberty Argentina: Call Center 0800-122-2727 o (54-11) 4104-0765.

• Liberty Brasil: 4004-5423 (capitales y regiones metropolitanas) y al 0800 709 5423 (otras localidades).

• Liberty Chile: Call Center 600 6000 243 o (+56-2) 3972250.

Las coberturas son las siguientes que le nombraremos a continuación:

Cubre las pérdidas y averías que sufra la mercadería por causa de: choque, vuelco, desbarrancamiento o descarrilamiento del vehículo transportador, derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, aluvión o alud.

En el transporte por ríos y aguas interiores, en carácter de complementario del terrestre, se indemnizará las pérdidas y averías que tengan por causa de: choque, naufragio o varamiento de la embarcación transportadora; caída al agua del vehículo transportador durante su entrada, salida o permanencia en balsas o ferro-barcos, y caída al agua de uno o más bultos al ser cargados o descargados.

Se amparan todas las mercaderías generales exceptuando:

  • Dinero, alhajas, joyas, piedras y metales preciosos, valores tales como pagarés, letras, cheques, acciones, documentos y similares
  • Objetos de arte, muestrarios y antigüedades
  • Animales vivos, excepto con destino a frigorífico
  • Vegetales vivos, flores, sangre y semen
  • Cigarrillos, cigarros, habanos y similares
  • Mercaderías explosivas, inflamables o combustibles,  material militar, armas y municiones, elementos radioactivos

Coberturas adicionales:

  1. Robo
  2. Hurto y Falta de Entrega
  3. Desaparición
  4. Carga y Descarga, Rotura, Contaminación, Derrame, Contacto con otra carga, Mojadura
  5. Huelga, Lock-Out, Motín, Tumulto Popular
  6. Vandalismo o Hechos Maliciosos
  7. Eximición de responsabilidad al transportista terrestre automotor cuando los transportes se realicen en vehículos de terceros responsables.

Por otra parte, los beneficios son:

  • Específica o por viaje, con declaración previa al inicio de los traslados.
  • Anual o por período, con liquidación de prima provisoria y sujeta a ajuste por movimiento anual estimado o real transportado, el que fuera mayor.
  • Anuales por vehículo determinado.

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