Seguros Para Hogar Liderar


El seguro de combinado familiar ampara distintos riesgos en una única póliza.
Poseemos 2 modalidades diferentes:
Planes Cerrados: las sumas aseguradas están estipuladas y no pueden ser modificadas
Planes Abiertos: las sumas aseguradas son libres, dentro de parámetros y proporciones estipulados por la compañía.
En esta póliza se podrá asegurar los siguientes detallados a continuacion:
INCENDIO EDIFICIO: se cubre los daños que un incendio produzca a la estructura edilicia únicamente. Es decir que la suma asegurada tiene relación con el valor de construcción y no con el valor de mercado de una propiedad (ya que en el mismo se incluye el valor del terreno). Como adicional se incluyen los GASTOS DE REMOCIÓN DE ESCOMBROS (hasta el 5% de la suma del Edificio)
INCENDIO MOBILIARIO: se cubre los daños que un incendio provoque a los bienes muebles que se encuentren dentro de la vivienda asegurada
Además de los daños que produzca un incendio también se encuentran amparados los daños ocasionados por RAYO, EXPLOSIÓN, MEDIOS PARA EXTINGUIR EL FUEGO, IMPACTO DE AERONAVES O VEHÍCULOS TERRESTRES y el HUMO (ya sea por incendio del bien asegurado como así también de los de inmediaciones).
ROBO / HURTO DEL MOBILIARIO GENERAL: se ampara el robo de los bienes muebles de la vivienda. Se incluye los daños ocasionados al edificio por el robo o su tentativa.
ROBO / HURTO ELECTRODOMÉSTICOS Y/U OBJETOS ESPECÍFICOS: dentro de electrodomésticos se incluye TV, AUDIO, VIDEO, LÍNEA BLANCA y como específicos la P.C., FILMADORAS, MÁQUINAS FOTOGRÁFICAS. Es indispensable para el aseguramiento la individualización de cada uno detallando la MARCA, MODELO, NRO. DE SERIE, ANTIGÜEDAD, SUMA ASEGURADA INDIVIDUAL Y OTROS DATOS RELEVANTES.
RESPONSABILIDAD CIVIL: se ampararán los daños que ocasione el asegurado o el bien asegurado a terceras personas o cosas de terceras personas.
Existen 2 tipos de coberturas de Responsabilidad Civil:
RESPONSABILIDAD CIVIL LINDEROS: solamente se cubrirán los daños que se ocasionen a cosas de 3ros. como consecuencia del incendio de la vivienda asegurada.
RESPONSABILIDAD CIVIL HECHOS PRIVADOS: se amparan los daños que el asegurado provoque a terceros o cosas de terceros, incluyendo los ocasionados por USO Y MANEJO DE BOTES O BICICLETAS, SUMINISTRO DE ALIMENTOS o por sus ANIMALES DOMÉSTICOS.
CRISTALES: se cubren cristales, espejos, vidrios y demás piezas vítreas que se hallen en forma vertical. Se incluyen los gastos normales de colocación
DAÑOS POR AGUA: daños al mobiliario por la acción directa del agua a causa de filtraciones, derrame o escape como consecuencia de rotura, obstrucción, deficiencia en la instalación destinada a contenerla.
ACCIDENTES PERSONALES: muerte accidental, invalidez permanente total o parcial por accidente.
JUGADORES DE GOLF: se indemnizará la pérdida o daños al equipo de golf como consecuencia de accidente, incendio, robo o hurto. Además se incluyen los gastos como consecuencia de HOYO EN UNO y la RESPONSABILIDAD CIVIL emergente de accidentes dentro una cancha reconocida por la Asociación Argentina de Golf.
Las SUMAS ASEGURADAS son las siguientes:
En caso de siniestro, las sumas aseguradas serán los montos máximos de una indemnización. Siempre se tomará en consideración el valor del bien en plaza al momento del siniestro.
Para los riesgos de INCENDIO EDIFICIO y de ROBO / HURTO ESPECÍFICOS Y/O ELECTRODOMÉSTICOS, la cobertura es a PRORRATA, es decir que al momento del siniestro, además del valor del bien, se tendrá en consideración la suma asegurada. Si ésta es inferior al valor en plaza, la indemnización se reducirá en la misma proporción.

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