Seguros de accidentes personales, El comercio

El comercio te ofrece un seguro integral de Accidentes Personales para amparar a las organizaciones por los accidentes que las personas no alcanzadas por la ley de riesgos de trabajo pueden sufrir.

Este seguro es un producto conformado especialmente para cubrir los recursos humanos no alcanzados por la legislación laboral vigente y amparar a las organizaciones, personas físicas o jurídicas que las nuclea y para las que desarrollan actividades, de las eventuales indemnizaciones legales sobrevenidas por la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos por este seguro.

Las coberturas que le ofrece este seguro contra accidentes personales son las siguientes:

  • Muerte
  • Invalidez Parcial y Total Permanente.
  • Asistencia Médica farmaceutica sin límite.
  • Traslado.
  • Rehabilitación.
  • Prótesis hasta $ 4.000,00.
  • Gastos de Sepelio.
  • Invalidez Temporaria
  • Uso de Moto en el In itinere

Los beneficios que le brinda este seguro son los que detallaremos a continuación:

Todos los asegurados con accidentes personales total protección sin límites tendrán la Asistencia Médica Farmacéutica Ambulatoria sin límites, gastos ni franquicias como consecuencia de accidentes in-itinere o en el lugar de trabajo, desarrollando las actividades declaradas al servicio del Tomador del seguro.

Además de estas coberturas, El comercio le ofrece coberturas adicionales, es decir con un costo a parte, de los siguientes items:

  1. Reembolso por gastos de sepelio por muerte accidental: En caso de fallecimiento por accidente el Asegurador abonará los gastos de sepelio hasta la suma asegurada.
  2. Alcance de la cobertura adicional: La cobertura adicional de Reembolso por gastos de sepelio por muerte accidental, no contempla restricción alguna, ampara al asegurado no obstante el accidente ocurra fuera del horario normal y habitual de trabajo.
  3. Invalidez Temporaria: Si el accidente causare una invalidez temporaria que impida al Asegurado atender sus ocupaciones habituales declaradas, se abonará la indemnización diaria estipulada desde el primer día, por la duración de la invalidez, hasta un máximo de 90 días.
  4. Capital asegurado: Máximo 1º/oo de la suma asegurada por Muerte o Invalidez Permanente (la que sea menor). El capital Asegurado para esta cobertura adicional no podrá superar los $ 180,00 por día.
  5. Exclusiones: No aplicable a menores de 18 años ni mayores de 65 años. No se amparan los accidentes como consecuencia de la participación del asegurado en carreras y/o pruebas de velocidad.

Los requisitos más importantes a la hora de contratar este seguro son:

Los asegurables al inicio de la cobertura deben encontrarse desarrollando sus actividades en forma normal y habitual, no estar discapacitados ni internados en ningún tipo de hospital, no estar bajo tratamiento médico o diagnóstico de padecer una enfermedad grave.

El período mínimo de contratación es de treinta días.

Nosotros le daremos un ejemplo de lo que usted debe hacer en el caso de ocurrirle un accidente, esto es para que este informado de los pasos a seguir para que no tenga dudas si en el algún momento le llega a ocurrir este echo inesperado:

  • Verificar que el accidentado tenga cobertura vigente.
  • Debe comunicarse por teléfono al 0-810-444-9675 o al (03492) 42-8353
  • Denunciar a El Comercio la ocurrencia del accidente.

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