Que cubre un seguro de accidentes personales?

Podrá imaginarse que, hoy por hoy, se puede asegurar cualquier tipo de cosas. Por caso, algunas supermodelos aseguran sus rasgos faciales, algunos grandes futbolístas aseguran sus piernas, y también hasta podemos asegurar nuestro propio teléfono móvil.

En este sentido, la cobertura de cada seguro es específica, cubriendo los daños de un bien en particular, ya sea una cosa mueble, o la vida misma. También, algunos seguros tienen distintos grados de cobertura, como lo son los seguros de accidentes personales. Asi, es importante ver que cubren realmente estos seguros.

Cobertura de los seguros de accidentes personales

El Seguro de Accidentes Personales es una modalidad dentro de los seguros de personas en el cual se cubre la muerte causada por un accidente cubierto por la póliza. También se cubren otros riesgos, además del fallecimiento, como la incapacidad por accidente, las pérdidas orgánicas por accidente, entre otras, según las condiciones de la póliza que se contrate.

Obviamente, antes de avanzar, de más está decir que lo mejor de un seguro de accidentes es no usarlo nunca. Por caso, es mucho más importante la prevención de diversos accidentes, sobre todo en el hogar, que es donde ocurre la mayor cantidad de accidentes domésticos y evitables. Un ejemplo de esto es, si hay gente en el hogar que tiene dificultades para subir una escalera, lo mejor es comprar sillas salvaescaleras madrid, antes que ocurra un siniestro y se caiga por la escalera la persona, por mas que esa caída este cubierta por cualquier seguro.

Para contratar un seguro de accidentes personales hay que cumplir una serie de requisitos como la edad del contratante, que debe estar entre los 14 y los 69 años de edad, y que además no padezca sordera, ceguera, falta de algún miembro del cuerpo o su funcionalidad, epilepsia, adicción a estupefacientes, alienación mental, o que en razón de defectos físicos o enfermedades graves o secuelas de las que haya padecido constituya un riesgo de accidente agravado.

Lo que no cubre el Seguro de accidentes personales

Esto es quiza lo que más debamos saber en cuanto a la cobertura de este tipo de seguro: lo que no esta cubierto por la póliza. El seguro de accidentes personales no cubre:

  • consecuencias de enfermedades de cualquier tipo
  • lesiones causadas por acción de rayos x, elementos radiactivos, reacciones nucleares; lesiones imputables a esfuerzos
  • accidentes provocados, dolosamente o con culpa grave, por el asegurado y/o beneficiarios; o sufridos por el asegurado en empresa criminal
  • accidentes causados por vértigos, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis y/o por estado de enajenación mental; o por estado de ebriedad o por estar bajo la influencia de estupefacientes
  • accidentes ocurridos mientras se participa de carreras de velocidad o resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo; o mientras se participe de excursiones a zonas inexploradas
  • accidentes derivados del uso de motocicletas o similares
  • accidentes derivados de la navegación aérea no realizada en líneas regulares ya sea como tripulante, pasajero o mecánico;
  • S.I.D.A.
  • accidentes causados por hechos de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, terrorismo, motín huelga o lock-out
  • accidentes causados por actos delictivos (cuando el asegurado los provoca)
  • accidentes causados por fenómenos sísmicos, inundaciones u otros fenómenos naturales de carácter catastróficos
  • suicidio o su tentativa
  • accidentes causados por la práctica de deportes riesgosos

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