En esta nota vamos a describir a una aseguradora llamada Liberty seguros que ofrece dentro de sus amplios productos, al servicio para Transportes de Mercaderias para aquellos que realizan estas actividades y requieren del mismo.
Esta aseguradora asegura las mercaderías de la empresa durante el transporte dentro del territorio de la República Argentina y los tránsitos internacionales por operaciones de importación y exportación.
Esta empresa cubre el transporte de mercaderías por medios terrestres, marítimos y aéreos, protegiendo el capital ante eventualidades como daños, vuelcos, incendio o pérdida. También se puede contratar cobertura de robo.
Además cuentan con un departamento especializado en seguridad, por lo cual junto con la póliza se puede contratar la custodia necesaria para hacer el transporte con total tranquilidad.
Importante: Esta empresa Liberty que ofrece este seguro para Transporte ofrece tambien Sin Fronteras, que es un producto especialmente desarrollado para proteger las mercancías transportadas vía terrestre entre Argentina, Brasil y Chile.
Ademas, Independientemente donde se haya contratado el seguro de transporte, en caso de incidente, como asegurado será atendido en cualquiera de las compañías del Grupo Liberty. Al mismo tiempo, se solicita podrá ser indemnizado en el país donde ocurrió el accidente y en el destino u origen de las mercaderías.
Ante cualquier emergencia, sólo tendrás que llamar o contactar a la Compañía local de Liberty Seguros:
• Liberty Argentina: Call Center 0800-122-2727 o (54-11) 4104-0765.
• Liberty Brasil: 4004-5423 (capitales y regiones metropolitanas) y al 0800 709 5423 (otras localidades).
• Liberty Chile: Call Center 600 6000 243 o (+56-2) 3972250.
Las Coberturas con las que cuenta este tipo de seguro son las siguientes:
El Detalle de la cobertura:
• Cubren las pérdidas y averías que sufra la mercadería por causa de: choque, vuelco, desbarrancamiento o descarrilamiento del vehículo transportador, derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, aluvión o alud.
• En el transporte por ríos y aguas interiores, en carácter de complementario del terrestre, se indemnizará las pérdidas y averías que tengan por causa de: choque, naufragio o varamiento de la embarcación transportadora; caída al agua del vehículo transportador durante su entrada, salida o permanencia en balsas o ferro-barcos, y caída al agua de uno o más bultos al ser cargados o descargados.
Ademas, se amparan todas las mercaderías generales exceptuando como:
• Dinero, alhajas, joyas, piedras y metales preciosos, valores tales como pagarés, letras, cheques, acciones, documentos y similares
• Objetos de arte, muestrarios y antigüedades
• Animales vivos, excepto con destino a frigorífico
• Vegetales vivos, flores, sangre y semen
• Cigarrillos, cigarros, habanos y similares
• Mercaderías explosivas, inflamables y/o combustibles, material militar,armas y municiones, elementos radioactivos
El Transporte terrestre dentro del territorio de la República Argentina, incluyendo aquellos que se inicien o finalicen fuera del país.
Transporte marítimo o aéreo: consultá con uno de nuestros asesores el alcance y las condiciones.
Las Coberturas Adicionales son las siguientes detalladas:
• Robo
• Hurto y Falta de Entrega
• Desaparición
• Carga y Descarga, Rotura, Contaminación, Derrame, Contacto con otra carga, Mojadura
• Huelga, Lock-Out, Motín, Tumulto Popular
• Vandalismo y/o Hechos Maliciosos
• Eximición de responsabilidad al transportista terrestre automotor cuando los transportes se realicen en vehículos de terceros responsables.
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