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Francisco Durañona y Vedia Superintendente de Seguros

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Después de 24 horas desde la renuncia de Gustavo Medone, el Ejecutivo Nacional designó a Francisco Durañona y Vedia como Superintendente de Seguros que  será el hombre que llevará a su cargo al organismo de control de toda la actividad aseguradora.

Para efectivizar el evento, la Presidenta de la Nación‚ Cristina Fernández de Kircher‚ firmó el decreto 1539/2010 con el flamante nombramiento y se publicó de inmediato en el boletín oficial.

Por su parte, después de 20 meses en la actividad‚ Medone abandona su puesto al frente de la Superintendencia limitándose a decir que se debía a “problemas personales”.

Durañona y Vedia entra a este puesto luego de su paso por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Es oriundo de San Antonio de Areco y tiene 36 años. Es, a su vez, hijo del diputado de la Unión del Centro Democrático (UCD), Alvaro Alsogaray.

Por otra parte, Durañona y Vedia es recibido en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina. Posee un Postgrado en Derecho Tributario en la misma Universidad, y una Maestría en Administración y Políticas Públicas de la Universidad de San Andrés.

Cabe destacar que fue Asesor Legal de la Subsecretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y estuvo a cargo de la Asesoría Jurídica de la Administración Nacional de Patentes del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

Esperamos lo mejor en su gestión, y que las cosas se sigan haciendo de la manera correcta, para mejorar día a día.

Actualización de datos de Productores de Seguro

Ya falta muy poco para la Actualización de Datos de Productores en la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). Este organismo ha dado las pautas y el cronograma con las fechas para la realizar el trámite que será online viernes 08 de octubre de 2010.

A través de la circular Nº 7176‚ la Superintendencia de Seguros de la Nación informó que se llevará a cabo la actualización de datos de productores asesores de seguros. En este sentido, todos los productores asesores de seguros personas físicas deberán ingresar al sitio seguro de la SSN y completar los datos de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.

A continuación se deberán verificar los datos que se muestran y‚ de corresponder‚ modificarlos. Para el caso que algún dato figure incompleto o no se encuentre consignado deberán proceder a ingresarlo.

Todas Las consultas serán recepcionadas en mesadeayuda@ssn.gob.ar o a los teléfonos (011) 4338-4000 internos 1325‚1303 ó 1319.

La presentación se deberá efectuar desde el 18 de octubre de 2010 hasta el 30 de noviembre de 2010.

El cronograma de presentación es el siguiente:

  • CUIT/CUIL/CDI: terminados en 0 y 1: 18/10‚ 25/10‚ 1/11‚ 8/11‚ 15/11‚ 22/11‚ 30/11.
  • CUIT/CUIL/CDI: terminados en 2 y 3: 19/10‚ 26/10‚ 2/11‚ 9/11‚ 16/11‚ 23/11‚ 30/11.
  • CUIT/CUIL/CDI: terminados en 4 y 5: 20/10‚ 27/10‚ 3/11 ‚10/11‚ 17/11‚ 24/11‚ 30/11.
  • CUIT/CUIL/CDI: terminados en 6 y 7: 21/10‚ 28/10‚ 4/11 ‚11/11‚ 18/11‚ 25/11‚ 29/11.
  • CUIT/CUIL/CDI: terminados en 8 y 9: 22/10‚ 29/10‚ 5/11 ‚12/11‚ 19/11‚ 26/11‚ 29/11.

Seguro de credito SSN

La SSN ha dictado la Resolución General 35.106‚ donde regula efectivamente el seguro de vida, obligatorio para los tomadores de crédito por préstamoscompras en cuotas‚ descubiertos en cuentas‚ entre otros.

Esta resolución tiene vigencia a partir del 01 de agosto de 2010. Dada esta novedad, procedemos a algunos consejos a la hora de tomar un crédito, y contratar este seguro de vida.

Características claves de la nueva resolución de la SSN:

  • El seguro colectivo al que se adhiere sólo debe contemplar la cobertura por fallecimiento o incapacidad total y permanente. Usted puede ampliar la misma por medio de adicionales.
  • El asegurador puede imponer la modalidad de selección de riesgos: declaración previa de salud‚ examen médico‚ etc. Sólo en los créditos hipotecarios o prendarios‚ podrán excluirse las enfermedades “preexistentes”‚ por 12 meses.
  • El tomador o solicitante de crédito no debe abonar “gastos por gestión del seguro” u otros conceptos similares. Únicamente deberá pagar la prima señalada.
  • No se admitirán otras exclusiones a la cobertura que el suicidio voluntario.
  • El capital asegurado siempre deberá limitarse al saldo deudor existente a cada momento.
  • El asegurado deberá recibir un “Certificado de Incorporación a la Póliza” que conste de: Personas aseguradas; el costo del seguro; exclusiones por cobertura y enfermedades preexistentes; compañía aseguradora‚ domicilio y teléfono; edad máxima de permanencia por cobertura.

Esperamos haber sido claros en esta nueva legislación. Cuando aparezca jurisprudencia o nueva información sobre la misma, estaremos informando.

Seguro Ambiental

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A partir de la declaración de la ley nacional Nº 25.675 de política ambiental y sus resoluciones complementarias de la Secretaria de medio ambiente y Desarrollo sustentable, aparece el marco jurídico para garantizar el cuidado del medio ambiente y la creación de los fondos para la remediación del medio ambiente en caso de producirse daños al mismo. Asegurando así, su reestablecimiento al estado anterior o en su defecto la indemnización económica sustitutiva.

Cobertura

Cabe mencionar que, desde la Superintendencia de Seguros de la Nación se aprobó la “Garantía ambiental” dentro del ramo Caución. El seguro ambiental prevé la cobertura de daños imprevistos o incidentes, pero no los daños surgidos de la contaminación gradual a lo largo del tiempo.

La cobertura está diseñada con el fin de garantizar las acciones y los fondos necesarios dentro de la suma asegurada, para remediar los daños al medio ambiente en caso que el tomador no lo haga, previa intimación.

Requisitos para la solicitud “Garantía de remediación ambiental

  • Informe crediticio (Nosis, Veraz, o similar)
  • Copia últimos 3 balances
  • Copia de estatuto / Contrato social
  • Declaración para la calificación de la empresa
  • Avales (si lo requiere)
  • Manifestación de Bienes (si lo requiere)

Las aseguradoras deberán valuar el nivel de complejidad ambiental (NCA), por el cual se clasifican en tres categorías a las industrias y establecimientos.

El NCA se calcula por medio de una ecuación que posee 5 términos:

  1. Rubro de la actividad (Ru)
  2. Efluentes y residuos que genera (ER)
  3. Riesgos potenciales (Ri)
  4. Dimensión del emprendimiento (Di)
  5. Localización de la empresa (Lo)

NCA = Ru + ER + Ri + Di + Lo

Según la legislación, las obligadas a asegurarse serán las que queden comprendidas en la 2ª categoría (de 12 a 25 puntos inclusive), y la 3ª categoría (mayor de 25 puntos). No obstante, para la 1ª categoría (hasta 12 puntos) no hay obligación de contratar un seguro ambiental.

AFIP recaudará seguros de vida obligatorio

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Según lo ha informado la Superintendencia de Seguros de la Nación, desde enero de 2010 será la AFIP la encargada de recaudar el pago de los seguros de vida.

Mediante este nuevo sistema, el cual incluye a 75 compañías, 580.000 empleadores y 7.900.000 de trabajadores, se llevará a cabo un mayor control sobre la evasión.

De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos tendrá una nueva funcionalidad y será la recaudadora de las primas del seguro de vida obligatorio, aquél que las empresas deben contratar para todos y cada uno de sus empleados.

Con esto queremos aclarar que, no se trata de contratar el seguro con la AFIP, sino que el sistema seguirá igual. No obstante, lo que se modifica es el ente recaudador que realizará la cobranza.

La AFIP verá en sus manos una recaudación anual a nivel nacional de 180 millones de pesos. Compuesto de una prima por un valor de $ 21 por empleado, y que genera una cobertura de $ 6.000. Asimismo, el Gobierno ordenó que se elevara a $ 9.000, pensando en los $12.000 que promete para marzo.

Para su cobranza los empleadores serán de gran ayuda ya que incluirán entre sus obligaciones fiscales y patronales al pago del seguro dentro del Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS).

Queremos recordarle a todos los empleadores acerca de este seguro, el cual es obligatorio que se contrate para todos los empleados que trabajan en relación de dependencia. Asimismo, es muy económico y es de gran ayuda para las familias de los trabajadores.

El blog dedicado a los seguros. Aquí podrás encontrar información sobre los diferentes tipos de seguros de Argentina.Seguinos en las redes sociales:

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