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Publicado por Nicolas Rombiola - 25/07/2010 a las 00:03:33

Federación Patronal ofrece una amplia gama de productos y coberturas de responsabilidad civil con el objeto de proteger el patrimonio de sus clientes frente a reclamos de terceros.
Responsabilidad civil comprensiva
- Cobertura ante reclamos de terceros aplicable a actividades comerciales, industriales, consorcios de propietarios, empresas de servicios, etc.
Responsabilidad civil construcciones
- Cubre daños a consecuencia de la ejecución de obras, refacciones, demoliciones, zanjeo y excavaciones, empresas constructoras.
Responsabilidad civil para establecimientos educacionales
- Responsabilidad civil de acuerdo a lo establecido por la ley 24830, amparando daños que puedan sufrir u ocasionar los alumnos del establecimiento asegurado.
Responsabilidad civil ascensores
- Cubre daños por la utilización de ascensores en edificios, particulares, oficinas públicas y privadas, comercios, etc.
Responsabilidad civil carteles, letreros, marquesinas
- Cubre daños emergentes de carteles, letreros, marquesinas y otros objetos afines.
Responsabilidad civil hechos privados
- Cubre daños a consecuencia de hechos privados del asegurado, su cónyuge y/o cualquier otra persona por la que sea legalmente responsable.
Responsabilidad civil garages
- Cubre daños derivados de la guarda de vehículos de terceros en garages, playas de estacionamiento, lavaderos de autos, consorcios de propietarios, concesionarias de autos, hoteles, etc.
Responsabilidad civil praxis medica
- Cubre daños derivados del ejercicio de actividades profesionales relacionadas con la salud.
Responsabilidad civil maquinarias
- Cubre daños emergentes de la utilización de maquinaria vial, equipos destinados a la construcción, maquinaria agrícola, etc.
Siempre consideramos a esta cobertura como un gasto, y es todo lo contrario. Ya que es la más económica de todas las coberturas, junto con las de incendio, y es de las que mayores sumas cubren en caso de siniestro. No deje estarse sin contratar una póliza de Responsabilidad Civil en caso que sea necesario.
Publicado por Nicolas Rombiola - 20/06/2010 a las 04:20:20

Con los cambios que vemos día a día en nuestro país, y la cantidad de problemas que leemos a diario en los periódicos, no podemos pasar por inadvertido que es indispensable una cobertura para los daños que podamos ocasionarle a las personas y al medio ambiente. Es por eso que Meridional Seguros le ofrece coberturas a medida para empresas para daños y lesiones a terceros.
Responsabilidad Civil (RC) Operaciones
Esta cobertura está orientada a cubrir los riesgos emergentes de las actividades propias del cliente. Adicionales que se destacan:
- RC incendio o explosión, escapes de gas, descargas eléctricas
- RC carteles
- RC ascensores
- RC guarda de Vehículos
- Calderas
- RC suministro de alimentos
- RC vendedores ambulantes
- RC carga y descarga de bienes
- RC rotura de cañerías
- RC uso de armas de fuego
- RC efectos de temperatura
- RC grúas, guinches y/o autoelevadores
- RC transporte de bienes
- RC contratistas y/o subcontratistas
- RC Funcionarios en todo el mundo
- Polución y/o Contaminación Ambiental súbdita y/o accidental (72 hs.)
Responsabilidad Civil Productos
Cobertura de riesgos emergentes de cualquier mercadería o producto manufacturado que sea producido, vendido, manipulado, utilizado o distribuido por el asegurado.
Responsabilidad Civil Ambiental
- Gastos de limpieza en el inmueble asegurado por contaminación preexistente
- Gastos de limpieza en el inmueble asegurado por nueva contaminación
- Daños personales y materiales a Terceros ocurridos en el inmueble asegurado
- Reclamos de Terceros por gastos de limpieza fuera del inmueble asegurado como resultado de condiciones preexistentes de contaminación
- Reclamos de Terceros por gastos de limpieza fuera del inmueble asegurado como resultado de nuevas condiciones de contaminación
- Daños personales y materiales a Terceros fuera del inmueble asegurado
- Contaminación resultante de la carga transportada
- Pérdida de beneficios
Publicado por Nicolas Rombiola - 26/05/2010 a las 06:10:31

Toda cobertura de de responsabilidad civil tiene como objetivo mantener indemne el patrimonio del asegurado, poniéndolo al resguardo de los daños o lesiones ocasionados a terceros por el desarrollo de su actividad comercial.
Comúnmente, las responsabilidades más utilizadas que pueden generarse a través del desarrollo de una actividad económica, sea comercial, industrial o de servicios, son:
- Generadas directamente a consecuencia del desenvolvimiento de la actividad específica.
- Emergente de daños o lesiones provocadas por un producto o servicio, fabricado, distribuido o comercializado.
Cabe mencionar que, Zurich adapta esta cobertura a las necesidades que posea, para cualquier tipo de riesgo en todas las ramas de la actividad económica.
Por otra parte, ofrece la Responsabilidad Civil Construcción. Esta cobertura protege ante daños ocasionados a terceros durante el tiempo que dure la obra.
Si usted está construyendo su casa propia o renovándola, podrá solicitar la póliza completa la opción según los formularios que la entidad le ofrezca.
Asimismo, Zurich ofrece dos módulos de cobertura:
- Construcción de hasta $200.000
- Construcción desde $200.000 hasta $500.000
Para mayores costos, se deberá contactar con la compañía para que le cotice específicamente la prima de riesgo.
Publicado por Nicolas Rombiola - 23/11/2009 a las 16:28:34

El Golf siempre ha sido considerado un deporte de bajo o escaso riesgo. Pese a esto, muchas compañías ofrecen diversas coberturas para aquellos aficionados a este deporte.
Mercantil Andina es una de las compañías que considera los daños a terceros que puede llegar a ocasionar un partido de Golf. Por ello, ofrece su seguro para Golfista que cuenta con las siguientes coberturas:
Se cubre el riesgo de tránsito, siempre y cuando el equipo de golf se encuentre situado en el baúl del vehículo sin exposición visual.
Se amparan los daños o pérdidas causadas por accidente, incendio y/o robo, sufridos por el equipo de golf del asegurado. Asimismo, la cobertura regirá si el equipo se halla en poder de: el propietario, la persona autorizada por el asegurado o depositado para su guarda en la casilla de palos del club de golf.
Cobertura de rotura total de vara de los palos de golf, con motivos del desarrollo del juego, en un torneo oficial, dentro de las canchas autorizadas por la Asociación Argentina de Golf y Drivings.
Se amparan los gastos realizados por el Asegurado en ocasión de los festejos por la realización de un hoyo en un solo golpe (siempre que se trate de una jugada realizada en competencia).
Cobertura de los daños a cosas de terceros como así también lesiones y/o muerte de terceros a consecuencia de la actividad.
Cobertura por muerte e invalidez permanente, total y parcial del golfista en ocasión de la realización del juego de Golf, ya sea en prácticas o competencias, dentro del campo de golf y/o sus instalaciones. Quedan excluidos los accidentes “in itínere”.
Si quiere una cotización, haga click aquí.

Publicado por Nicolas Rombiola - 05/11/2009 a las 20:12:42

A partir del 1 de noviembre entró en vigencia en la provincia de Córdoba, la Ley 9.658 denominada “De perros potencialmente peligrosos“. Esta Ley promueve la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños provocados a terceros. Asimismo, la Ley aporta herramientas de prevención a quienes poseen animales con ciertas características.
Se trata de un seguro de contratación obligatoria, ya existe y es de muy amplia cobertura. No sólo protege al dueño ante las mordeduras o ataques de sus perros sino que también ampara todos los daños que la vida de una familia pudiese provocar a terceros.
Para destacar, esta nueva ley considera perros potencialmente peligrosos a aquellos que posean algunas de las siguientes características:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia;
- marcado carácter y gran valor;
- perímetro torácico comprendido entre sesenta centímetros (60 cm) y ochenta centímetros (80 cm), altura de la cruz de entre cincuenta centímetros (50 cm) y setenta centímetros (70 cm) y peso superior a diez kilogramos (10 kg);
- cabeza voluminosa, cuboide, robusto, con cráneo ancho y grande; y mejillas musculosas;
- mandíbulas grandes y fuertes; boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto, y
- pecho macizo, ancho y grande; costillas arqueadas, lomo musculoso y corto; extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, relativamente largas formando un ángulo moderado.
Obligaciones y prohibiciones
- Queda prohibido circular dentro de la provincia de Córdoba por espacios públicos con perros potencialmente peligrosos y con el animal en libertad de acción. Quedan exceptuados los paseadores de perros, quienes deberán contar con autorización.
- Todo propietario, tenedor o criador de perros potencialmente peligrosos tendrá la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para la plena cobertura de la indemnización por los daños y perjuicios que el perro pudiere provocar a terceras personas.
- Todo propietario, tenedor o criador de perros potencialmente peligrosos, brindará a la Autoridad de Aplicación la ubicación del animal, los datos de identidad y el domicilio donde se encuentre el mismo.
Por otra parte, es importante destacar que los perros potencialmente peligrosos no se clasifican por raza, es decir, con la descripción antedicha quedan pocos animales que no necesiten un seguro que ampare sus potenciales daños.
Fecha de publicacion: noviembre 5, 2009
Categorias: General, Noticias, Responsabilidad Seguro, Seguros para mascotas, Tipos de seguros
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Etiquetas: Ley, mascotas, perros, resolución, responsabilidad civil, seguros para perros