Seguros Berkley International se destaca por ser una compañía especialista y con una fuerte presencia en el mercado de seguros para edificios. Destinados a amparar todos los riesgos que se presentan en los Consorcios, por tal motivo saca al mercado un nuevo producto Berkley-Edificio Protegido ofrece una amplia gama de coberturas para la protección de los edificios, sus bienes materiales de partes comunes, sus propietarios y los posibles terceros damnificados.
Dentro de su amplia gama de coberturas de seguros que ofrece servicio tanto para personales como para empresas (ya sean pymes o no) se encuentra el seguro de consorcio.
El seguro de consorcio ofrece la siguiente cobertura básica:
- Incendio de Edificio:Daños por incendio, rayo y/o explosión. Huelga, lock out y tumulto popular. Vandalismo, humo, impacto de aeronaves y vehículos terrestres.
- Incluye sin cargo gastos por: Gastos extraordinarios hasta el 10% dela suma asegurada de Incendio Edificio hasta un máximo de 1.000.000 de pesos. Remoción de escombros hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio hasta un máximo de 1.000.000 de pesos. Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado hasta el 10% de la suma asegurada de incendio edificio con un límite de 100.000 pesos. Granizo 5% de la suma asegurada hasta un máximo de 100.000 pesos.
- Responsabilidad Civil: Daños a terceros emergentes de la Responsabilidad Civil que surja de los art. 1109 a 1136 del Código Civil. Los principales riesgos cubiertos son el incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas, responsabilidad civil linderos, ascensores y montacargas, antena colectiva, carteles y/o letreros, calderas e instalaciones a vapor, piletas de natación, uso de armas de fuego, refacciones internas y externas del edificio hasta 50.000 pesos, guarda y/o depósito de vehículos a título no oneroso hasta 100.000 pesos. A partir del 2º siniestro el deducible será del 10% del mismo con un mínimo del 1% de la suma asegurada, daños causados por la rotura de cañerías de agua potable. Para esta cobertura se considera a los propietarios, copropietarios e inquilinos como terceros.
- Cristales: Rotura o Rajadura de espejos y/o vidrios colocados verticalmente.
- Robo de Valores en Caja: Pérdida por robo y/o destrucción o daño ocasionado por incendio, rayo y/o explosión, del dinero o cheques provenientes de la recaudación de expensas que se encuentren en la vivienda del encargado. Asimismo el asegurador indemnizará al consorcio asegurado por la pérdida del dinero o cheques en tránsito.
- Robo de contenido de partes comunes: Robo y/o Asalto a mano armada del contenido general de partes comunes, incluyendo el hurto de matafuegos, mangueras, luces de emergencia del consorcio.
- Daños por agua: Se indemnizará la pérdida y/o daños producidos tanto al edificio como al contenido por la acción directa del agua potable, cuando sea causado por derrame, desborde, escape como consecuencia de rotura, obstrucción o falla de cañerías, válvulas, bombas y cualquier accesorio de la instalación.
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