Seguros Autos: Cláusulas Destrucción Total 80%–20%
Publicado por Nicolas Rombiola - 11/08/2009 a las 04:42:20
A la hora de contratar un seguro, uno se encuentra con muchas opciones. Puede presentarse personalmente en una compañía, puede llamar por teléfono, contratar electrónicamente, o bien, consultar y asesorarse por un productor de seguros que le indicará qué compañía y cobertura es más conveniente para su auto.
Una vez conseguida su póliza usted podrá circular tranquilamente por las calles de nuestro país, sabiendo que si a su vehículo le sucede algo estará “completamente” cubierto.
Pero, como siempre, no se lee la letra chica, y su auto, que para usted, en caso de un siniestro está asegurado completamente, para la compañía no, y no van a pagarle por una posible destrucción total.
El problema es el siguiente. Las compañías utilizan dos tipos de tasaciones a la hora de medir si un vehículo se encuentra destruido completamente o no.
Por un lado tenemos la cláusula del 80% que quiere decir lo siguiente: si reparar el daño de tu vehículo cuesta más del 80% del valor de la suma asegurada (valor que figura en la póliza) o de mercado (lo que costaría en el mercado reponer un vehiculo igual o de similares características al tuyo), se lo consideraría Destrucción Total. Es más conveniente ésta, ya que los repuestos siempre son caros y llegan a grandes sumas a la hora de la reparación.
Por su parte, la cláusula del 20% que se explicaría de esta manera: si luego de un siniestro, los restos del vehículo cotizan menos del 20% de la suma asegurada o de mercado, es considerado como Destrucción Total. Ésta es engañosa, ya que uno piensa en que si su coche no circula, no cotizaría ni un 20% de su valor, pero la compañía con solo tener el motor en “buenas condiciones” ya estaría en presencia de ese porcentaje del valor del vehículo.
El consejo es que se debe leer siempre que en nuestra póliza figure la primera cláusula para poder evitar inconvenientes y grandes disgustos a la hora de un siniestro. Si su compañía, por defecto, no otorga esta cláusula, usted tiene derecho a reclamarla y deberá abonar una suma insignificante por su modificación.
Artículos relacionados
- No related posts
4 Comentarios »
RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI








[...] como si todo fuera poco, otorga la cláusula de destrucción total al 80% y cubre por el valor del 0 km. durante todo el primer año desde la compra del [...]
Pingback por Auto Premium Max de Sancor Seguros — 14 agosto 2009 #
[...] de la cláusula del 80% en caso de Destrucción Total por accidente para vehículos que no superen los 10 años de [...]
Pingback por Meridional - Seguros de Automotores — 27 octubre 2009 #
[...] contrató una cobertura, por ejemplo, de Terceros Completos, la misma no cubre los Daños Parciales al vehículo en caso de [...]
Pingback por Seguros, reclamo a terceros — 26 noviembre 2009 #
HOLA MUCHO GUSTO!HACE UNAS HORAS TUBE LA MALA FORTUNA DE VOLCAR Y GRACIAS A DIOS ESTOY BIEN.
PERO EL AUTO ESTA DESTRUIDO MI PREGUNTA ES, SI LE CORRESPONDE DESTRUCCION TOTAL..?
YA QUE MI SEGURO LO DICE..?
Y ES DE LA CAJA SEGUROS ,MI POLIZA DICE 1
ME GUSTAREIA EXPRICARAN COMO ACTUAR Y PASOS A SEGUIR
DESDE YA MUCHAS GRACIAS !!
SALUDA ATTE:PEDRO YAPINUE
Comentario por pedro yapinue — 4 octubre 2010 #