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Fronting

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Las pólizas del tipo “fronting” son aquellas donde grandes asegurados contratan directamente el reaseguro y sólo dejan participar al asegurador como emisor o vendedor del papel donde la póliza se escribe.

Es decir, la aseguradora emite el papel, una póliza de seguros, en nombre de una reaseguradora sin la intención de correr riesgos. El riesgo de pérdida se transfiere a la reaseguradora. Sin embargo, el forting de la empresa (aseguradora) asume un riesgo de crédito, ya que sería necesario honrar las obligaciones impuestas por la póliza. El fronting permite a la reaseguradora cumplir con las leyes de responsabilidad financiera impuesta por muchos estados.

El fronting también se debe utilizar en los contratos comerciales con otras organizaciones, tales como los arrendamientos y contratos de construcción, donde la evidencia de la cobertura a través de una aseguradora también es necesaria.

En las operaciones de fronting los bancos y las compañías de seguros prestan un servicio de emisión de garantías para sus clientes. Y para esto, no tienen frontera alguna.

El sistema es sencillo, utilizan los servicios de compañías relacionadas con sede en el país en el que se celebra el contrato. Al igual que una carta de crédito, la compañía emisora de la garantía, que se denomina compañía “fronting”, cobra una comisión de la compañía solicitante u ordenante. Esta compañía debe garantizar a la compañía emisora que quedará indemne ante cualquier contingencia.

En el caso de las operaciones de fronting interviene una parte más. Una entidad financiera, o compañía de seguros local que actúa a favor del beneficiario.

Para finalizar, damos un ejemplo práctico para clarificar la operatoria: una empresa francesa celebró un contrato con un beneficiario argentino. Entonces, la garantía debe ser emitida por el banco local francés, y el beneficiario argentino debe ir al banco o aseguradora local solicitándole que pida al banco francés, la emisión de la garantía.

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