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Seguros para Comercio Exterior. Archivos de la categoría ‘Seguros para Comercio Exterior’

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Seguros Provincia Para Estaciones De Servicios

Este seguro ampara riesgos con construcción de material y destinados exclusivamente a Estaciones de Servicio.

RIESGOS

Incendio
Edificio:
Ampara todos los edificios o construcciones que forman parte integrante de la Estación de Servicio, incluyendo pero no limitando a las áreas administrativas, de ventas y de servicios. Se consideran edificios a los surtidores, los tanques y los compresores de GNC.
Contenido:
Se cubre el contenido general que contienen los edificios asegurados, incluyendo pero no limitando a las mercaderías en exposición o depósito, combustibles líquidos y gaseosos, aceites lubricantes, grasas, repuestos y otros productos inherentes a la actividad.

Robo Contenido General
Cobertura:
Robo y/o asalto a mano armada (excluye Hurto).
Alcances:
Cubre el contenido general descripto para Incendio.

Robo de valores en Caja Fuerte
Cobertura:
Robo y/o asalto a mano armada y destrucción o daños por incendio, rayo y explosión, de los bienes asegurados mientras se encuentren dentro de una caja fuerte y/o cajón mostrador (excluye Hurto). No se cubre el dinero en poder de los playeros.
Alcances:
Cubre dinero y/o cheques al portador y/o cupones de tarjetas de crédito de su propiedad.

Robo de Valores en Tránsito
Cobertura:
Robo y/o asalto a mano armada y/o destrucción o daños únicamente por accidente al medio de transporte, dentro del territorio de la República Argentina (excluye Hurto e Infidelidad).
Alcances:
Dinero y/o cheques al portador y/o cupones de tarjeta de crédito de su propiedad, siempre que constituya el giro comercial normal del Asegurado.

Robo de Valores para Pago de Sueldos y Jornales
Cobertura:
Robo y/o asalto a mano armada y/o destrucción o daños únicamente por accidente al medio de transporte, dentro del territorio de la República Argentina (excluye Hurto e Infidelidad).
Alcances:
Dinero destinado exclusivamente al pago de sueldos y jornales (incluye el S.A.C.).

Seguro Técnico
Cobertura:
Todo riesgo (excluido Hurto) de los equipos electrónicos ubicados en el domicilio asegurado, incluyendo daño eléctrico únicamente en los equipos que cuenten con estabilizador de tensión o similar.
Alcances:
Computadoras y Cajas Registradoras

Cristales
Cobertura:
Rotura y/o rajadura
Alcances:
Cristales, vidrios y demás piezas vítreas colocadas en posición vertical.

Para Responsabilidad Civil son los siguientes items:

Responsabilidad Civil Comprensiva
Cobertura:
Básica.
Coberturas adicionales:

  • Incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
  • Suministro de alimentos y bebidas.
  • Carteles y marquesinas.
  • Pérdida y daños a vehículos automotores de terceros, mientras se hallen bajo su guarda para la realización de trabajos inherentes a su explotación, únicamente cuando sea causado por incendio y/o explosión, robo total del vehículo, robo de las piezas o accesorios del vehículo como consecuencia del robo total de la unidad, caída de pisos, plataformas y/o elevadores hidráulicos.
  • Uso de lavaderos automáticos.

Responsabilidad Civil Garaje
Cobertura:
Incendio y explosión.
Robo de vehículos.
Caída de pisos, plataformas y/o elevadores hidráulicos.
Lesiones a terceros.
Coberturas adicionales
:

Remoción de escombros: Cubre los gastos necesariamente incurridos, con el consentimiento del Asegurador, por gastos de limpieza y/o retiro y/o demolición de edificios, de los bienes asegurados por incendio, dañados exclusivamente por un siniestro de incendio.

Daños por agua: Se cubren las pérdidas y/o daños a los bienes descriptos en Incendio Contenido, a consecuencia de rotura, obstrucción, falla o deficiencia de la instalación destinada a contener o distribuir el agua.

Incorporación automática de bienes: Ampara automáticamente cualquier bien recientemente adquirido, similares a las propiedades del asegurado, siempre que se declare dentro de los sesenta días de adquirido o construido.

Gastos de extinción de incendio: Cubre los gastos necesariamente incurridos para prevenir o minimizar la extensión de cualquier pérdida o daño a consecuencia de incendio, a la propiedad asegurada.

Gastos extras: Se cubren los gastos extras a consecuencia de:

  • Sobretiempo, trabajo nocturno, fines de semana o feriados nacionales.
  • Flete expreso (no aéreo).
  • Necesaria y razonablemente incurridos para reemplazar, rehabilitar o reemplazo de la propiedad dañada a consecuencia de un riesgo cubierto.

Honorarios profesionales: Cubre los gastos necesariamente incurridos, con el consentimiento del Asegurador, por los honorarios a arquitectos, inspectores e ingenieros consultores, exclusivamente con respecto a reparaciones de los bienes destruidos a consecuencia de un riesgo cubierto.

 

Los Seguros en el Comercio Exterior

La función primordial del seguro es disminuir el riesgo de daño o perdida del producto en cuestión. El seguro se concreta por medio de contratos mediante los cuales el asegurador, previo pago de una prima, promete rembolsar al asegurado o prestarle determinados servicio, en el caso de sufrir pérdidas accidentales previamente estipuladas, durante el plazo de duración del contrato.

En comercio exterior, el seguro puede abarcar la mercadería, el medio de transporte, las personas, etc., y cubre situaciones o hechos eventuales que originen siniestros (pérdida, rotura, merma, contaminación, alteración. etc.), excluyéndose las pérdidas originadas por vicios ocultos de la mercadería.

La mercadería será asegurada por el valor figurado en la factura, mas el flete y los gastos o por un porcentaje que el beneficiario espera obtener en caso de pérdida o daño de la carga.

En la condición CIF de los Incoterms, se obliga al vendedor a proporcionar a su costo y con carácter de transferible una póliza de seguro que cubra los riesgos de transporte a que de lugar el contrato.

Es aconsejable que la cobertura se realice con una compañía solvente y de buena reputación, en las condiciones FPA (free of particular average), y debe cubrir el precio CIF, más un 10%. El porcentual de incremento puede aumentarse si así lo solicita el comprador.

La determinación de la cobertura apropiada no necesariamente tiene que ser “contra todo riesgo”. Según la naturaleza de la mercadería los aseguradores pueden acordar formas más limitadas y económicas de cobertura. Lo aconsejable es asegurarse por la cobertura aceptada generalmente por el ramo comercial de que se trate.

Lic. Claudia Sinibaldi
Socio Gerente CyC Consultora

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