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AFIP recaudará seguros de vida obligatorio

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Según lo ha informado la Superintendencia de Seguros de la Nación, desde enero de 2010 será la AFIP la encargada de recaudar el pago de los seguros de vida.

Mediante este nuevo sistema, el cual incluye a 75 compañías, 580.000 empleadores y 7.900.000 de trabajadores, se llevará a cabo un mayor control sobre la evasión.

De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos tendrá una nueva funcionalidad y será la recaudadora de las primas del seguro de vida obligatorio, aquél que las empresas deben contratar para todos y cada uno de sus empleados.

Con esto queremos aclarar que, no se trata de contratar el seguro con la AFIP, sino que el sistema seguirá igual. No obstante, lo que se modifica es el ente recaudador que realizará la cobranza.

La AFIP verá en sus manos una recaudación anual a nivel nacional de 180 millones de pesos. Compuesto de una prima por un valor de $ 21 por empleado, y que genera una cobertura de $ 6.000. Asimismo, el Gobierno ordenó que se elevara a $ 9.000, pensando en los $12.000 que promete para marzo.

Para su cobranza los empleadores serán de gran ayuda ya que incluirán entre sus obligaciones fiscales y patronales al pago del seguro dentro del Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS).

Queremos recordarle a todos los empleadores acerca de este seguro, el cual es obligatorio que se contrate para todos los empleados que trabajan en relación de dependencia. Asimismo, es muy económico y es de gran ayuda para las familias de los trabajadores.

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4 Comentarios »

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  1. Hola no me queda muy claro, como tengo que hacer. Tengo una póliza que me vence el 13/01/11, tengo que volver a gestionar la póliza con la cia de seguros? y ya en febrero tendría que pagarlo en forma mensual dentro del sus de enero? o recien a partir de marzo? recordemos que la póliza me cubre hasta el 13/01, entonces mi duda es si el mes de enero lo pago en forma mensual o no

    Gracias

    Comentario por Marcela — 4 enero 2011 #

  2. Estimado: Si puede informarme como proceder para confeccionar el F. 931 (SUSS) en el caso que el empleador ya tenga abonado el Seg.Vida Oblig. hasta por ej. 07/2011. ¿Debe informarme igual el codigo de la Cia.Aseguradora? y ¿como se procede para que no salga importe a abonar? Muchas gracias

    Comentario por Susana — 21 enero 2011 #

  3. les agradeceria me pudieran ayudar,pues mi marido fallecio el era de aerolineas y por lo tanto pertenecia a anses y revisando las boletas de pago dice seguro obligatorio y seguro adicional como puedo saber si me corresponde?mi correo es pamenawrath@hotmail.com el trabajo 43 años en la compañia porfavor ayudenme.

    Comentario por pamela — 23 febrero 2011 #

  4. consulta: si el seguro vencía en enero y no se pagó por el F.931, cómo hace el cliente para ponerse al día con la deuda?

    Comentario por BEATRIZ — 11 marzo 2011 #

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