Archivos del mes diciembre, 2009
Publicado por Nicolas Rombiola - 28/12/2009 a las 21:38:01

Sancor Seguros ofrece una serie de coberturas y pólizas dentro de su gama Suma Protección Total, como hemos explicado anteriormente.
En esta ocasión presentamos Salud Segura Más, un plan de seguro de salud indemnizatorio de carácter individual, matrimonial o bien, extensible al grupo familiar primario.
Esta póliza nos otorga la cobertura de un total de 647 intervenciones de alta, media y baja complejidad, contando prótesis y trasplantes de órganos humanos. Asimismo, nos da la posibilidad de adicionar la cobertura de renta por internación clínica no quirúrgica.
Por otra parte, y que no es de menor importancia, posee descuento en farmacias, línea médica 24 horas, segunda opinión médica y asistencia para viajes a las personas.
Sancor Seguros dará cobertura a las siguientes personas asegurables:
- Personas de hasta 64 años de edad, con permanencia hasta los 65 años.
- Hijos solteros hasta 21 años; (si son estudiantes se extiende hasta los 24 inclusive).
- Personas que hayan presentado una declaración jurada de salud.
A modo de opinión, es una cobertura muy buena para aquellos que no se encuentran conformes con su obra social. Lógicamente, el costo es mayor a la de la misma. Por otra parte, muchas veces ha pasado que las personas presentan problemas de salud anteriores a la contratación del seguro. Está demás decir que no deben mentir en la declaración jurada, sino estarán fuera de la póliza.

Publicado por Nicolas Rombiola - 22/12/2009 a las 23:45:31

Federación Patronal, ofrece una buena manera de cuidar sus bienes a través de un seguro de combinado familiar.
Como en todo combinado familiar se ofrecen muchas coberturas a disposición y elección del cliente. No obstante ello, para ser un combinado se necesita cubrir tres tipos de riesgos.
Federación Patronal otorga las coberturas de:
- Incendio edificio y contenido
- Robo de contenido
- Todo riesgo para aparatos electrodomésticos
- Cristales
- Responsabilidad civil linderos (por incendio)
- Accidentes personales
Asimismo otorga sin cargo, adicionales a la póliza:
- Gastos de mudanza, remoción de escombros y alojamiento en consecuencia de incendio.
- Servicio House Protection: Cerrajería, plomería, electricidad y vidriería.
- Seguro de Vida.
- Reposición de televisores, equipos de audio, videocassetteras y reproductores de DVD.
- Daños a consecuencia de rayo a los electrodomésticos.
- Daños a consecuencia de robo.
Federación Patronal es una empresa seria y de gran experiencia en el mercado. El combinado familiar es importante porque cubre nuestro hogar, y todo lo que allí se encuentre. Además, este seguro cuenta con el anexo del seguro de vida, donde pocas empresas ofrecen algo parecido.

Publicado por Nicolas Rombiola - 22/12/2009 a las 22:27:55

La compañía Meridional Seguros ofrece una línea de coberturas llamadas Property, destinadas específicamente a empresas de mediano a gran tamaño.
Dentro de esta categoría de póliza, la compañía presenta cuatro productos básicos de coberturas:
- Property Incendio.
- Property Energía.
- Property Equipos electrónicos.
- Property Equipos de contratistas.
La cobertura de incendio, ya es conocida por todos nosotros. Sabemos además, que tanto para el hogar como para los comercios es de suma importancia estar cubierto contra este riesgo.
Property Incendio nos ampara ante lo riesgos de:
- Incendio, Rayo, Explosión, Descargas Eléctricas, Escape de Gas.
- Hechos de Tumulto Popular, Huelga, Lock-out.
- Impacto de aeronaves y/o vehículos terrestres y/o su carga transportada.
- Humo.
Esto será cubierto cuando se vean afectados: el edificio, las maquinarias, la mercadería, las instalaciones y el contenido general.
Asimismo, siempre en conjunto a la cobertura de incendio, las compañías ofrecen ciertos adicionales que no debemos pasar por alto:
- Incendio y/o Daños Materiales causados por Terremoto y/o Temblor.
- Huracán, Vendaval, Ciclón y/o Tornado.
- Granizo.
- Remoción de escombros y/o Gastos de Limpieza.
- Todo Riesgo Operativo con o sin Pérdida de Beneficios.
Cabe mencionar que es una excelente cobertura para nuestro comercio, aunque esta compañía posee una prima elevada en este tipo de riesgos. Asimismo, no debemos olvidar que se puede optar por realizar un coaseguro para obtener distintas valuaciones de los riesgos y apaciguar los importes de las primas.
La próxima semana estaremos evaluando las otras coberturas del producto Property.

Publicado por Nicolas Rombiola - 22/12/2009 a las 05:29:25

Como habíamos visto días pasados, existían reaseguros obligatorios, facultativos, y facultativos obligatorios. Tanto los obligatorios como los facultativos se pueden dividir en proporcional y no proporcionales.
El reaseguro proporcional ocurre cuando el cedente y el reasegurador pactan un porcentaje de la prima del contrato de la póliza: del capital asegurado; de la prima que paga el asegurado o del coste de los siniestros.
- Contrato cuota a parte: se establece un porcentaje de todos los riesgos, o varios ramos que la aseguradora establezca.
- Contrato excedente: el reasegurador asume un porcentaje sobre los siniestros, cuando estos superen un límite pactado.
El reaseguro no proporcional se basa en el siniestro y no tanto en el riesgo. El reasegurador asume los excedentes de los costes de los siniestros. Es una garantía de reaseguro en los siniestros que superen cierto monto.
- Contrato de pérdida por riesgo: el reasegurador asume su parte, cuando se exceda un cierto monto el cual se pacta por riesgo.
- Contrato de pérdida por evento: Esta vez, no será por riesgo, sino por hechos ocurridos, donde se hará cargo el reasegurador de los costos.
- Contrato de siniestralidad: El reasegurador asume el siniestro si la siniestralidad acumulada en el año supera una cantidad pactada.
Publicado por Nicolas Rombiola - 20/12/2009 a las 17:50:36

Un reaseguro es una parte de la prima de riesgo que una aseguradora cede a otra, o dicho de otra manera, comparte el riesgo con otra compañía de seguros sobre aquellos riesgos grandes a ser de ejemplo accidente de aviación.
Son casos concretos en los cuales no se podría asegurar sin la presencia del reaseguro o bien, del coaseguro. De esta manera, el compromiso se comparte evitando que la aseguradora que el cliente contrata no llegue a la quiebra.
En términos de seguros, se denomina “retención” a lo que la aseguradora ha decidido quedarse como riesgo o “retención de riesgo”. El resto, lo cede a la compañía de reaseguro.
Tipos de reaseguros:
- Reaseguro Obligatorio: la aseguradora y la reaseguradora se comprometen, por ley, a ceder y a aceptar, respectivamente, porcentajes de los riesgos que asume la primera.
- Reaseguro Facultativo: la retención se establece individualmente, bajo estudios de riesgo actuariales.
- Reaseguro Facultativo Obligatorio: es una combinación de las dos anteriores. Las aseguradoras ceden con libertad los riesgos al reaseguro y la reaseguradora se compromete a asumir algunos riesgos.
Tanto los obligatorios como los facultativos se pueden dividir en proporcional y no proporcionales, los cuales serán explicados en otra ocasión.